domingo, 1 de septiembre de 2013

Preocupante situación de migrantes en municipios del Edo. Méx y delegaciones del Distrito federal






Preocupante situación de migrantes en municipios del Estado México y delegaciones del Distrito federal.

Septiembre 2013

En esta ocasión las notas periodísticas nos dan cuenta de que en el Estado de México aún no se inicia la construcción de la casa del migrante San Juan Diego en el Municipio de Huehuetoca. Esto a pesar de que el cabildo ya autorizó la donación del predio correspondiente a la Diócesis de Cuautitlán, que es la que estará a cargo del albergue. Se reporta también que en entrevista, el subsecretario de gobierno del Estado, Marcos Márquez, informó que el proyecto de esta casa del migrante tendrá capacidad para atender a 600 personas y sustituirá la que fue cerrada en julio de 2012 en Tultitlán, dijo que el proceso ha sido lento y no tiene fecha de inicio de construcción, aunque tras la autorización de la donación por parte del cabildo, los documentos ya se enviaron al Congreso local para su seguimiento y autorización". Por último, indicó que a pesar de este retraso, los gobiernos federal, estatal y municipal, tienen una partida comprometida y etiquetada de 15 millones de pesos, para realizar este proyecto. 


En México, la migración se encuentra regulada en dos órdenes jurídicos: el internacional y  el nacional. El primero de ellos se basa en la firma y ratificación de diversos tratados y convenciones, mientras que el segundo comprende la legislación migratoria nacional. Ambos tienen influencia y competencia tanto sobre los nacionales como sobre los extranjeros que residen o cruzan por el territorio.


La norma migratoria en México es de carácter federal y su contenido regula las actividades de la  autoridad migratoria, la entrada, salida y estancia de los nacionales y los extranjeros. Sus  fundamentos se encuentran contenidos en la constitución, en leyes ordinarias, reglamentarias e individuales. Como se puede ver, no hay responsabilidad legal específica de los municipios para intervenir en materia migratoria, sin embargo, conviene apuntar que el artículo 115 de nuestra Constitución, en su inciso h) dice que es función de los municipios encargarse de la seguridad pública, digo esto por la violencia que lamentablemente acompaña todo el fenómeno de la migración en el mundo y en América Latina. Los municipios no han brindado seguridad ni a los habitantes, ni a los migrantes, ni a quienes los defienden o atienden.

Es también el artículo 115 en su inciso i), el que nos habla de que: “sin perjuicio de su competencia constitucional, en el desempeño de las funciones o la prestación de los servicios a su cargo, los municipios observarán lo dispuesto por las leyes federales y estatales”. Por lo tanto en una interpretación amplia y “propersonam” del recientemente reformado artículo 1 constitucional, podemos ver que este motiva el deber de los jueces en particular y de los servidores públicos en general de ajustarse a lo contenido en los tratados internacionales suscritos por México. El párrafo tercero del artículo 1° incorpora a la Constitución los principios de  los derechos humanos que han sido reconocidos en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos; éstos son obligatorios para los servidores públicos en el país, de manera que para hacerlos efectivos es necesaria la colaboración de todo el aparato de gobierno.

Paralelamente a nuestra legislación, los tratados internacionales que hemos firmado y ratificado implican que el estado mexicano tiene el deber de promover y proteger todos los derechos humanos, lo que significa que todos los servidores públicos de cualquiera de los tres poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) en los tres ámbitos de gobierno (Federal, Estatal y Municipal) están obligados a realizar las acciones de autoridad y gobierno atendiendo al respeto que deben a cualquier individuo.

Para algunos defensores de derechos humanos como el admirable padre Alejandro Solalinde, lo que viven los migrante sudamericanos en su paso por nuestro territorio nacional es una verdadera crisis humanitaria. En ese sentido, la respuesta de nuestras autoridades ha sido limitada e insuficiente. Más allá de su responsabilidad material los municipios pueden y deben involucrarse en la atención de los problemas que se presenten en sus demarcaciones y que constituyan evidentes violaciones a los derechos humanos. Contrario a esto, las autoridades municipales han sido omisas en atender los problemas de inseguridad y de conflictos sociales que genera la migración en la zona de Lechería, pero que ya se han extendido a las inmediaciones de Huehuetoca y Tultitlán e incluso a otras regiones como Cuautitlán México, Cuautitlán Izcalli y Tlalnepantla, donde ha aumentado la presencia de migrantes en calles, pidiendo comida o dinero, motivo por el cual y ante la inconformidad de los vecinos, el año pasado fue cerrado el albergue de Tultitlán, con esta acción se dejó en el abandono y en la calle a miles y miles de migrantes en su paso temporal por estos municipios donde lo que buscan en realidad es abordar el tren tristemente conocido como la bestia.

Es preocupante e indignante que no haya ni siquiera una fecha de inicio para la construcción del albergue (tampoco sabemos ¿porqué será sólo uno?), más aún considerando que ya existe una partida presupuestal, una aprobación por parte del cabildo municipal para la donación del terreno y una grave urgencia de atender a los migrantes. Me parece muy irresponsable por parte del gobierno federal, del estatal, de las delegaciones del distrito federal, así como de los municipios, no integrar, a través de convenios de colaboración, una estrategia regional conjunta que alivie la tensión que genera el paso de estos frágiles, incontenibles e incomprendidos flujos humanos con los habitantes de las zonas donde estos deben permanecer por algunos días u horas en su difícil y accidentada marcha por alcanzar el ya decadente y desmitificado sueño americano.



Daniel X.

 


http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2013/08/25/95835665-sin-fecha-de-construccion-casa-del-migrante-en-edomex

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